
DAC9: intercambio automático Pillar Two en la Unión Europea
La Directiva (UE) 2025/872 obliga a presentar el GloBE Information Return en una sola jurisdicción y compartirlo automáticamente.
La novena enmienda a DAC
El 6 de mayo de 2025 se publicó en el DOUE la Directiva (UE) 2025/872 (DAC9), novena modificación de la Directiva sobre cooperación administrativa. Su objetivo: estandarizar el intercambio del GloBE Information Return (GIR) entre Estados miembros y eliminar la obligación de presentación múltiple.
Cómo funciona
- El grupo presenta un único GIR, en la jurisdicción de la UPE o de una entidad designada, . - La administración receptora distribuye automáticamente la información relevante a las demás jurisdicciones bajo el formato OCDE. - Plazo de transposición: 31 de diciembre de 2025.
Plazos críticos
| Hito | Fecha | |---|---| | Transposición DAC9 | 31-Dic-2025 | | Primera presentación GIR (FY2024) | 30-Jun-2026 | | Primer intercambio automático | 31-Dic-2026 |
Implicaciones para grupos LatAm con UPE en LatAm
Si la matriz última está fuera de la UE pero el grupo tiene presencia europea sujeta a Pillar Two:
- Designar una entidad europea filing (típicamente la holding luxemburguesa, holandesa o española). - Centralizar la consolidación GloBE en un único equipo financiero. - Asegurar que el ERP grupal pueda generar los 250+ campos del GIR.
Recomendación
Los grupos colombianos y mexicanos con sub-holdings europeas deben iniciar el dry-run del GIR durante el segundo semestre de 2025, identificando gaps de información antes del primer envío real.