
FIG Regime UK: la nueva ventana de 4 años para nuevos residentes
El Foreign Income and Gains Regime sustituye al non-dom desde abril de 2025. Analizamos cómo aprovechar la exención total durante los primeros cuatro años de residencia fiscal.
El cambio estructural
Desde el 6 de abril de 2025, el Reino Unido reemplazó el régimen non-domiciliado, vigente por más de dos siglos, por el Foreign Income and Gains (FIG) Regime. La nueva arquitectura es basada en residencia, no en domicilio, y ofrece exención total sobre rentas y ganancias de fuente extranjera durante los primeros cuatro años fiscales tras adquirir residencia, siempre que el contribuyente haya sido no residente durante los diez años previos.
Quién califica
- Nuevos residentes que llegan al Reino Unido en o después del 6 de abril de 2025. - Personas que retornan tras al menos diez años fiscales completos fuera de UK. - Aplicable a empresarios, ejecutivos relocalizados y HNW latinoamericanos que estructuren su llegada con planificación previa.
Beneficios clave
- 0% sobre dividendos, intereses, ganancias de capital y rentas pasivas extranjeras. - Posibilidad de remitir esos fondos al Reino Unido sin recargo (a diferencia del antiguo remittance basis). - Compatible con el régimen de Overseas Workday Relief para ingresos laborales generados fuera.
Limitaciones a considerar
- La ventana es inelástica: cuatro años contados desde el primer ejercicio fiscal de residencia. - Tras el quinto año, el contribuyente pasa a tributación mundial (worldwide basis). - El régimen no aplica a rentas de fuente británica, que tributan desde el día uno.
Implicaciones estratégicas para LatAm
Familias colombianas, mexicanas y peruanas con horizontes de residencia limitados (estudios de hijos, asignaciones ejecutivas) encuentran en el FIG una herramienta neutra. Quienes proyecten residencia indefinida deben modelar el corte abrupto del año cinco, considerando trusts offshore protegidos, monetización de activos antes de la entrada y diferimiento de dividendos.