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RegulatorioReino Unido·sept de 20265 min

El Nuevo Régimen FIG del Reino Unido: Claves del Nuevo Sistema de Residencia Fiscal

A partir del 6 de abril de 2025, el Reino Unido sustituye el histórico régimen de remesas por el régimen FIG, ofreciendo una exención del 100% sobre rentas extranjeras durante cuatro años, a cambio de renunciar a deducciones personales.

Por T&C Consulting Group

Con efectos desde el 6 de abril de 2025, el Gobierno británico ha abolido de forma definitiva el histórico régimen de remesas (remittance basis), un sistema centenario que vinculaba la tributación de las rentas extranjeras al concepto de domicilio legal (domicile). En su lugar, la Finance Act 2025 ha introducido un modelo basado puramente en la residencia fiscal, cuyo pilar fundamental para la atracción de talento e inversiones internacionales es el nuevo régimen de Ingresos y Ganancias Extranjeras (Foreign Income and Gains, conocido como régimen FIG).

Este nuevo esquema representa una reforma estructural profunda. Bajo el antiguo régimen de remesas, los residentes no domiciliados (non-doms) podían evitar la tributación sobre sus rentas y ganancias de fuente extranjera únicamente si mantenían dichos fondos fuera del territorio británico. Si el dinero era introducido o utilizado en el Reino Unido (lo que constituía una remesa), se desencadenaba de forma automática una obligación tributaria. El régimen FIG elimina por completo esta restricción: los fondos que califiquen y se acojan a este beneficio pueden ser introducidos, invertidos o gastados libremente en el Reino Unido sin generar ningún tipo de carga impositiva adicional. No obstante, esta ventaja viene acompañada de estrictas condiciones de elegibilidad, la obligatoriedad de una reclamación anual activa y la pérdida de importantes deducciones personales.

El Fin de una Era: De la Remesa a la Residencia

La transición hacia el régimen FIG marca la culminación de un esfuerzo legislativo para modernizar y simplificar el sistema tributario del Reino Unido, buscando un equilibrio entre la equidad fiscal y la competitividad internacional. La abolición del régimen de remesas significa que, por regla general, todos los residentes fiscales en el Reino Unido están sujetos a tributación sobre una base mundial (arising basis), lo que implica declarar y pagar impuestos por sus rentas globales, independientemente de dónde se generen o si se introducen en el país.

Como excepción diseñada para atraer a profesionales, empresarios y familias de alto patrimonio neto, el régimen FIG ofrece una exención del 100% sobre los ingresos y ganancias extranjeras elegibles durante un periodo máximo y consecutivo de cuatro años fiscales. Sin embargo, para acceder a este beneficio, el contribuyente debe cumplir con rigurosos criterios de elegibilidad temporal y personal.

Requisitos de Elegibilidad y el Test de Residencia

Para calificar como un residente elegible bajo el régimen FIG, el individuo debe cumplir de forma simultánea con dos condiciones fundamentales de carácter temporal y normativo:

  1. Residencia Fiscal bajo el SRT: El contribuyente debe ser considerado residente fiscal en el Reino Unido (lo que incluye Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte) de conformidad con el Statutory Residence Test (SRT).
  2. Periodo de No Residencia Previa: El individuo debe haber acumulado un periodo mínimo de diez años fiscales consecutivos de no residencia fiscal en el Reino Unido inmediatamente antes de su llegada o regreso al país.

Una vez que se cumplen estas condiciones, el periodo de elegibilidad de cuatro años comienza a computarse desde el primer año fiscal en que el individuo se convierte en residente fiscal del Reino Unido. Es de vital importancia destacar que este plazo de cuatro años es estrictamente consecutivo. Si el contribuyente decide abandonar temporalmente el Reino Unido durante este periodo, los años de ausencia siguen consumiendo el plazo de elegibilidad, ya que la normativa no permite la acumulación, el aplazamiento ni el traslado (no rollover) de los años no utilizados a ejercicios fiscales futuros.

Asimismo, para aquellos contribuyentes que llegaron al Reino Unido antes del 6 de abril de 2025, los años transcurridos desde su llegada reducen proporcionalmente el periodo de cuatro años restante. Por ejemplo, si un individuo se convirtió en residente fiscal en el año fiscal 2023 a 2024, solo podrá acogerse al régimen FIG para los años restantes de su ventana de cuatro años, siempre que cumpla con el requisito de los diez años de no residencia previa.

Fronteras Jurídicas y Diferencias Conceptuales

Para evitar costosos errores de interpretación, es fundamental delimitar el régimen FIG de otras figuras tributarias vigentes o históricas en el Reino Unido. En particular, el régimen FIG no debe confundirse con el antiguo sistema de remesas ni con el Overseas Workday Relief (OWR), ya que son figuras jurídicas distintas con propósitos y consecuencias fiscales independientes.

Concepto / RégimenRégimen FIG (Post-abril 2025)Régimen de Remesas (Abolido)Overseas Workday Relief (OWR)
Criterio de ConexiónResidencia fiscal pura (SRT) y 10 años de no residencia previa.Domicilio legal (domicile) del contribuyente.Residencia fiscal y elegibilidad para el régimen FIG.
Tratamiento de FondosPermite la libre repatriación e introducción de fondos en el Reino Unido sin coste fiscal.Penalizaba la introducción de fondos (remesas) en el Reino Unido con impuestos.Se aplica específicamente a los ingresos por trabajo de fuente extranjera.
Duración Máxima4 años fiscales consecutivos desde el inicio de la residencia.Sin límite temporal estricto, pero sujeto a tasas anuales (remittance basis charge) tras varios años.3 años fiscales consecutivos.
Requisito de ReclamaciónRequiere una reclamación anual expresa en el Self Assessment.Requería una elección anual en la declaración de impuestos.Requiere una elección (election) separada y complementaria.

Esta delimitación es crucial: la existencia del régimen FIG no implica automáticamente la aplicación del Overseas Workday Relief (OWR), el cual está diseñado específicamente para empleados con movilidad global y requiere su propia elección formal y el cumplimiento de requisitos específicos relativos a las funciones laborales realizadas fuera del Reino Unido.

El Coste de la Elección: Pérdida de Deducciones y No Automaticidad

Una de las advertencias más importantes para los asesores fiscales y los contribuyentes es que el régimen FIG no se aplica de forma automática. Para beneficiarse de la exención del 100%, el individuo debe realizar una reclamación (claim) expresa y detallada cada año fiscal dentro de su declaración de impuestos (Self Assessment), utilizando los formularios y hojas de ayuda oficiales, como la HS266.

La decisión de reclamar el régimen FIG en un año fiscal determinado conlleva consecuencias financieras colaterales que deben ser evaluadas minuciosamente. De conformidad con las secciones 845E y 845G de la ITTOIA 2005, el contribuyente que realice una reclamación de ingresos o ganancias extranjeras bajo el régimen FIG perderá de forma total y absoluta su derecho a las siguientes deducciones y desgravaciones para ese año fiscal:

  • La deducción personal estándar (personal allowance).
  • La deducción para personas ciegas (blind person's allowance).
  • Las reducciones fiscales para matrimonios y parejas de hecho (married couple's allowance).

Cabe destacar que este coste de oportunidad afecta principalmente a contribuyentes con ingresos de fuente británica moderados. Para las personas de muy altos ingresos (HNWIs), la deducción personal ya se reduce progresivamente a cero cuando los ingresos superan las £100,000 (desapareciendo por completo a las £125,140), por lo que esta pérdida no representa un coste real o adicional para ellos. Debido a esta pérdida de deducciones para rentas moderadas, la reclamación del régimen FIG puede no ser financieramente óptima en años fiscales donde los ingresos de fuente extranjera sean de cuantía baja, ya que el impuesto ahorrado sobre las rentas extranjeras podría ser inferior al incremento del impuesto sobre las rentas de fuente británica derivado de la pérdida de la deducción personal. Por lo tanto, se requiere un análisis comparativo anual antes de presentar la declaración de impuestos.

Ingresos Elegibles e Ingresos Descalificados

No todas las rentas de origen extranjero pueden acogerse a la exención del régimen FIG. La legislación establece que los ingresos deben clasificar como ingresos extranjeros elegibles (qualifying foreign income) bajo la sección 845H de la ITTOIA 2005. Por el contrario, se excluyen explícitamente aquellos conceptos definidos como ingresos descalificados (disqualified income) bajo la sección 845I de la ITTOIA 2005.

Adicionalmente, existe una restricción temporal estricta para los antiguos usuarios del régimen de remesas que regresen al Reino Unido. Aquellos individuos que vuelvan al país tras un periodo de al menos diez años de no residencia consecutiva y que califiquen para el régimen FIG, no podrán reclamar la exención sobre aquellos ingresos y ganancias extranjeras que se hayan devengado con anterioridad al 6 de abril de 2025, periodo durante el cual eran residentes en el Reino Unido y utilizaban el antiguo régimen de remesas. La exención del régimen FIG se limita estrictamente a las rentas y ganancias que surjan a partir del 6 de abril de 2025.

Implicaciones Prácticas y Planificación Patrimonial

Para las personas de alto patrimonio que planean trasladar su residencia fiscal al Reino Unido, el régimen FIG ofrece una ventana de oportunidad de cuatro años de gran valor estratégico. Durante este periodo, es posible reestructurar carteras de inversión internacionales, recibir dividendos de sociedades extranjeras controladas o realizar ganancias de capital sustanciales fuera del Reino Unido, y posteriormente introducir esos fondos al país para adquirir activos residenciales, financiar negocios locales o sufragar gastos de vida.

No obstante, es fundamental advertir que este coste fiscal de cero por ciento se aplica exclusivamente dentro de la jurisdicción del Reino Unido. La venta de activos para reestructurar carteras puede desencadenar impuestos de salida o retenciones en la fuente en los países de origen de los activos, los cuales no podrán ser acreditados en el Reino Unido al no existir un impuesto local contra el cual compensarlos. Por lo tanto, la planificación debe ser extremadamente precisa. Se deben considerar las interacciones del régimen FIG con los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI), dado que la residencia bajo el Statutory Residence Test (SRT) otorga la condición de residente a efectos de los tratados, pero la exención local de rentas extranjeras puede limitar la capacidad de reclamar créditos por impuestos pagados en el extranjero o modificar la tributación en la fuente de ciertos rendimientos.

Asimismo, quedan cuestiones complejas por resolver en la práctica diaria, tales como la interacción del régimen FIG con las estructuras de fideicomisos (trusts) extranjeros y las normas de transferencia de activos al extranjero (Transfer of Assets Abroad · ToAA), donde la atribución de rentas a los beneficiarios o constituyentes residentes en el Reino Unido requerirá un análisis pormenorizado bajo la legislación de asentamientos (settlements legislation).

Descargo de Responsabilidad

La información contenida en este artículo tiene fines puramente informativos y educativos, y no constituye asesoramiento fiscal, legal o financiero personalizado. Las leyes tributarias están sujetas a cambios y su aplicación puede variar según las circunstancias individuales. Se recomienda encarecidamente consultar con un asesor fiscal cualificado antes de tomar cualquier decisión basada en esta información.

Fuentes

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