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RegulatorioEmiratos Árabes·jun de 20269 min

Holding UAE 2026: Estrategia Post-Implementación para Family Offices LatAm

A junio de 2026, el régimen fiscal de EAU ha madurado. El análisis para family offices LatAm se centra en la optimización de Qualifying Persons en Zonas Francas, el impacto del Impuesto Mínimo Doméstico (Pilar Dos) y el diseño de holdings para inversión saliente.

Por T&C Consulting Group

A mediados de 2026, dos años después de la entrada en vigor del Impuesto de Sociedades en los Emiratos Árabes Unidos (EAU) mediante el Decreto Ley Federal N.º 47 de 2022, las family offices y grupos empresariales de América Latina con presencia en los EAU han pasado de una fase de implementación a una de optimización fiscal. La pregunta ya no es si aplicar una tasa del 9% o del 0% en Zonas Francas, sino cómo integrar la normativa local, los requisitos de sustancia económica y los nuevos marcos globales como el Pilar Dos de la OCDE en sus estrategias de inversión.

El régimen para Personas Jurídicas Cualificadas de Zona Franca (QFZP) sigue siendo el corazón de la propuesta fiscal de los EAU. Sin embargo, para 2026, el acceso a la tasa del 0% en Renta Cualificada (Qualifying Income) exige un rigor operativo y documental sin precedentes. Una entidad debe operar en una Zona Franca, cumplir con la sustancia económica, y adherirse a los umbrales y condiciones de la Decisión del Gabinete N.º 100 de 2023 y la Decisión Ministerial N.º 265 de 2023. Si los ingresos no cualificados de una entidad superan el requisito 'de minimis' (el menor entre 5 millones de AED o el 5% de sus ingresos totales), la totalidad de sus ingresos, para ese año fiscal y los subsiguientes, tributa al 9%, manchando irremediablemente su estatus fiscal.

Renta Cualificada y Sustancia: Imprescindibles para la Optimización

El concepto de Renta Cualificada es esencial para el régimen QFZP. Este incluye, generalmente, ingresos de transacciones con otras QFZP y beneficios de exportación de actividades cualificadas. Por otro lado, excluye explícitamente ingresos de fuentes del 'mainland' de EAU, con raras excepciones. Las actividades calificadas pueden ser servicios de sede central, tesorería, financiación para partes relacionadas, y tenencia de valores. No obstante, la tenencia pasiva de activos específicos, como bienes inmuebles en el 'mainland', genera ingresos explícitamente excluidos, lo que requiere un diseño estructural meticuloso.

En paralelo, las Regulaciones de Sustancia Económica (ESR), aunque anteriores al Impuesto de Sociedades, han cobrado nueva vitalidad. Mantener una 'sustancia adecuada' en los EAU es ahora un requisito legal explícito para ser QFZP. La Autoridad Tributaria Federal (FTA) espera una correlación directa entre los ingresos que se benefician de la tasa del 0% y las Actividades Principales Generadoras de Ingresos (Core Income-Generating Activities) realizadas efectivamente en el país. Esto implica tener empleados cualificados en nómina, gastos operativos locales y activos físicos proporcionales a la actividad. La sustancia ha dejado de ser un mero requisito de reporte; es ahora el fundamento de la prerrogativa fiscal.

Pilar Dos y el DMTT: El Nuevo Factor Estratégico

Para grandes grupos multinacionales (MNEs), la medida más relevante ha sido la adopción proactiva por parte de los EAU de un Impuesto Complementario Mínimo de Carácter Nacional (Domestic Minimum Top-up Tax o DMTT), vigente desde el 1 de enero de 2025. Esto alinea a los EAU con el marco del Pilar Dos de la OCDE para MNEs con ingresos consolidados globales superiores a 750 millones de euros. Un DMTT significa que los EAU recaudarán el impuesto adicional para llevar la Tasa Impositiva Efectiva (ETR) de cualquier entidad del grupo en el país al mínimo del 15%.

El impacto en las QFZP dentro de estos grupos es directo. Aunque una QFZP cumpla con todos los requisitos para la tasa del 0%, si es parte de un grupo sujeto a Pilar Dos, sus beneficios de baja tributación estarán sujetos al DMTT de EAU. El beneficio fiscal del 0% se neutraliza a nivel del grupo, resultando en una ETR consolidada en EAU del 15%. Esta medida, aunque eleva la carga fiscal, ofrece certidumbre y evita que se apliquen impuestos complementarios en otras jurisdicciones (mediante las reglas IIR o UTPR), manteniendo los ingresos fiscales dentro de los EAU.

Para estos grupos, la Exclusión de Ingresos por Sustancia (Substance-Based Income Exclusion o SBIE) se convierte en una herramienta financiera clave. Un porcentaje del valor contable de los activos tangibles y de los costes salariales puede ser excluido de la base imponible del Pilar Dos, reduciendo la carga fiscal final. Esto enfatiza la necesidad de una sustancia económica robusta y verificable en los EAU.

Arquitectura de Holdings para Inversores LatAm

Estos avances segmentan la estrategia de estructuración en los EAU para las family offices latinoamericanas en dos vías claras:

  1. Entidades no sujetas a Pilar Dos: Para la mayoría de las family offices y grupos privados, cuyas ventas consolidadas no superan el umbral de 750 millones de euros, una QFZP sigue siendo una estructura de holding y operativa internacional altamente eficiente. Permite recibir dividendos y ganancias de capital de inversiones en África, Asia y Europa con una tasa del 0%, aprovechando la extensa red de tratados de doble imposición de EAU para mitigar retenciones en origen. La distribución de dividendos desde el holding emiratí a sus accionistas en el extranjero está, además, exenta de retención en la fuente. La clave del éxito para este grupo es una gobernanza fiscal rigurosa y una atención constante al cumplimiento de los requisitos de Renta Cualificada y sustancia económica.
  1. Grupos sujetos a Pilar Dos: Para los conglomerados que sí caen bajo el ámbito del Pilar Dos, el holding en EAU continúa ofreciendo ventajas significativas en estabilidad geopolítica, seguridad jurídica (especialmente en centros como ADGM y DIFC) y un entorno operativo de primera categoría. La estrategia fiscal, no obstante, debe asumir una ETR del 15% como la nueva base. El enfoque se desplaza a maximizar el SBIE, planificar la combinación de ingresos entre entidades del 'mainland' (9%) y de Zonas Francas (0% + DMTT), y usar el DMTT de EAU como un mecanismo defensivo para consolidar la imposición mínima dentro de un marco regulatorio único y predecible.

Los EAU se han consolidado como un centro financiero y de negocios de primer nivel. La era del 'no tax' ha evolucionado a un régimen de 'low tax' sofisticado, transparente y alineado con los estándares internacionales. La elección de la estructura óptima para las family offices de América Latina demanda ahora una evaluación honesta de su escala operativa y su compromiso con establecer una presencia económica genuina y sustancial en la jurisdicción.

Fuentes

  • Decreto Ley Federal N.º 47 de 2022 sobre la Fiscalidad de Sociedades y Empresas
  • Decisión del Gabinete N.º 100 de 2023 sobre la Determinación de la Renta Cualificada para una Persona Jurídica Cualificada de Zona Franca
  • Decisión Ministerial N.º 265 de 2023 sobre Actividades Cualificadas y Actividades Excluidas
  • Ministerio de Finanzas de los Emiratos Árabes Unidos (mof.gov.ae)
  • Proyecto de la OCDE/G20 sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (Pilar Dos)

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