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WealthReino UnidoEspañaColombia·sept de 20257 min
Sucesión transgeneracional UK-España-Colombia: el rediseño post non-dom
Tres jurisdicciones, tres reglas de IHT/ISD/Ganancias Ocasionales. Cómo articular el legado familiar sin doble imposición y sin sorpresas.
Por Marcela Pinzón Faccini
El nuevo mapa
La abolición del non-dom UK reescribió el cálculo sucesorio para familias colombianas con miembros en Londres y Madrid. Ya no basta con tener un trust offshore "settled" antes de adquirir domicilio: el Long-Term Resident test (10 de los últimos 20 años) determina ahora la exposición al 40% de Inheritance Tax (IHT) sobre patrimonio mundial.
La triple capa
Reino Unido
- IHT 40% sobre worldwide assets si el causante es Long-Term Resident.
- Tail provision: hasta 10 años de "shadow" tras dejar de ser residente.
- Excluded property trusts protegidos solo si fueron settled antes del cambio de status.
España
- ISD autonómico (Madrid: bonificación 99%, Cataluña: hasta 32%).
- Aplica a herederos residentes O sobre bienes ubicados en España.
- Régimen Beckham no exime ISD en sucesiones.
Colombia
- Impuesto de ganancia ocasional 15% (propuesta 30% bajo reforma 2026).
- Aplica al heredero residente fiscal sobre patrimonio mundial recibido.
- Convenios España y EAU pueden mitigar parcialmente.
El riesgo de doble imposición
Un empresario colombiano con domicilio fiscal UK que fallece dejando hijos en Madrid y Bogotá enfrenta potencialmente:
- 40% IHT UK sobre el total.
- 30% ganancia ocasional Colombia para el heredero residente.
- ISD residual en España según comunidad autónoma.
La acumulación efectiva puede superar el 60% sin estructuración previa.
Estructuración recomendada
- Foundation ADGM o Trust Jersey establecida antes de adquirir Long-Term Resident status UK.
- Distribuciones estructuradas como préstamos o capital, no como rentas.
- Documentación rigurosa de la fuente de fondos y la fecha de constitución.
- Revisión bienal del status de cada miembro familiar.