Entendemos las necesidades propias de cada negocio, y en virtud de las disposiciones actuales en materia de fiscalidad internacional, somos sus aliados para el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de precios de transferencia; que no solo resultan del cumplimiento de obligaciones formales, sino que se traducen en el adecuado manejo de sus operaciones con partes relacionadas.
Cumplimiento de obligaciones formales ante las Autoridades Tributarias
Contamos con experiencia en el cumplimiento de los deberes formales de las legislaciones de Colombia, Guatemala, Costa Rica, El Salvador y Panamá. Nuestro equipo está conformado por un grupo multidisciplinario de profesionales, que forman la sinergia adecuada para llevar a cabo la preparación de la documentación comprobatoria y la declaración informativa exigida por las normas que regulan la materia.
Políticas de precios de transferencia
Establecemos de la mano con nuestros Clientes, las políticas de precios de transferencia aplicables a las operaciones sujetas a este régimen; con el objetivo de establecer procedimientos para el cumplimiento del Principio de Plena Competencia.
Brindamos asesorías de acuerdo a la normatividad local y las guías de precios de trasferencia, establecidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Estudios de atribución de rentas para sucursales y establecimientos permanentes
Apoyamos a nuestros clientes en la preparación de los Estudios de Atribución de Rentas, requeridos para toda Sucursal en Colombia y establecimientos permanentes, para efectos de la determinación de los activos, pasivos, capital, ingresos, costos y gastos atribuibles a un establecimiento permanente o sucursal durante un año o periodo gravable, de acuerdo con el Principio de Plena Competencia.
Lo anterior, tomando como criterio técnico de referencia las Directrices aplicables en materia de precios de transferencia para empresas multinacionales y Administraciones Tributarias de la OCDE; el Reporte de Atribución de Utilidades a Establecimientos Permanentes de la OCDE; y, el Modelo de Convenio de la OCDE, en su Volumen II: Atribución de Rentas del Establecimiento Permanente.