Cambios en la presentación de información exógena cambiaria

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) mediante Resolución No. 000494 del 4 de mayo de 2022, modificó algunos aspectos de la Resolución No. 000161 del 24 de diciembre de 2021, relacionada con la presentación de información exógena cambiaria aplicable a los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC), los titulares de las cuentas de compensación y los concesionarios que presten servicios financieros de correos.

Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), expidió la Resolución 000164 el 27 de diciembre de 2021, mediante la cual reglamentó los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario Nacional (ETN). Lo anterior con el objetivo de establecer las condiciones y criterios, los obligados al suministro de la información y su contenido, oportunidad para hacerlo y sanciones por su incumplimiento frente al Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) y el Sistema de Identificación de Estructuras Sin Personería Jurídica (SIESPJ).

Sobre los CDI’s suscritos con Francia y Holanda y la cláusula de la nación más favorecida frente a los servicios técnicos, asistencia técnica o consultoría

En el presente año tenemos cambios importantes frente a los Convenios para Evitar la Doble Imposición (“CDI”) que tiene suscrito nuestro país, adicionales a los 11 que ya se encuentran vigentes, esto es España, Chile, Suiza, Canadá, México, Corea, India, Portugal, República Checa, Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)

¿Sabe usted si está obligado a la implementación de un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)?
En materia de gobierno corporativo, las instrucciones y recomendaciones contempladas por la Superintendencia de Sociedades en la Circular Externa 100-000011 del 9 de agosto de 2021 están encaminadas al diseño y puesta en marcha de programas de transparencia y ética empresarial, con la finalidad de que los obligados cuenten con herramientas suficientes para mitigar el riesgo de soborno transnacional y de corrupción. Estas buenas prácticas empresariales comprenden, entre otros, el nombramiento de un oficial de cumplimiento, la adopción de un manual de políticas y procedimientos de prevención y una matriz de riesgos, debidamente aprobados por el máximo órgano administrador, así como, socializados con los funcionarios de la compañía.