El pasado 27 de marzo de 2025, el Gabinete de Emiratos Árabes Unidos (EAU) emitió la Decisión No. 35 de 2025, normativa que redefine de manera significativa las condiciones bajo las cuales una persona jurídica extranjera no residente se considera con nexo fiscal en los EAU, de acuerdo con el Decreto-Ley Federal No. 47 de 2022 sobre Impuesto de Sociedades.
Este cambio normativo marca un paso clave en el fortalecimiento del sistema tributario emiratí y tiene un impacto directo en la tributación internacional, particularmente para empresas extranjeras con operaciones o ingresos vinculados a bienes inmuebles en los Emiratos.
Supuestos que configuran el nexo fiscal en EAU
De acuerdo con el Artículo 2 de la Decisión 35/2025, una entidad no residente será considerada como sujeta al impuesto corporativo en Emiratos Árabes Unidos si se cumplen los siguientes supuestos:
1. Ingresos por bienes inmuebles en los EAU: Incluye la venta, cesión, arrendamiento (incluido el subarriendo), uso o cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles ubicados en el territorio emiratí.
2. Aplicación de reglas fiscales especiales a fondos de inversión: En casos donde los ingresos se ajustan según lo establecido en la Decisión No. 34 de 2025 para fondos de inversión.
3. Participación en fondos de inversión inmobiliaria (REITs)
- Si distribuyen al menos el 80 % de sus ingresos en un plazo de 9 meses posteriores al cierre fiscal.
- O, en caso de incumplimiento de ese umbral, el nexo fiscal se genera desde la fecha de participación en el fondo.
Transferencia artificial de derechos sobre bienes inmuebles
El Artículo 3 de la Decisión 35/2025 introduce una regla clave: si una persona no residente transfiere o dispone artificialmente de derechos inmobiliarios sin una justificación económica real o razón comercial válida, la operación será considerada como una estrategia artificial para obtener ventajas fiscales indebidas.
Con esta disposición, las autoridades tributarias de EAU refuerzan la lucha contra la evasión y las prácticas de planificación fiscal agresiva.
Exigencias para las personas jurídicas no residentes
La nueva normativa impone obligaciones específicas para quienes configuren nexo fiscal en los Emiratos Árabes Unidos:
- Registro obligatorio ante la Autoridad Tributaria Federal (FTA) de los EAU, conforme al artículo 51 del Decreto-Ley.
- Derogación de la Decisión No. 56 de 2023, aplicable únicamente hasta los períodos fiscales de 2024.
- Entrada en vigor: a partir de los períodos fiscales que comiencen el 1 de enero de 2025.
Consecuencias y alcance de la norma
La Decisión del Gabinete No. 35 de 2025 tiene importantes implicaciones para las empresas extranjeras no residentes:
- Mayor fiscalización sobre estructuras empresariales y vehículos que generen rentas inmobiliarias en EAU, incluso desde el exterior.
- Refuerzo de la transparencia fiscal internacional y del principio de equidad tributaria.
- Garantizar que toda empresa extranjera con actividad económica significativa en Emiratos Árabes Unidoscontribuya de manera justa al sistema fiscal del país.
Reflexión final
La emisión de esta decisión es una señal clara del compromiso de Emiratos Árabes Unidos con la armonización internacional de impuestos, la transparencia tributaria y la atracción de inversiones bajo un marco normativo sólido y confiable.
Para las empresas extranjeras, este cambio representa la necesidad de revisar sus estructuras fiscales y de inversión inmobiliaria en los EAU, asegurando el debido cumplimiento normativo y la correcta planificación tributaria en un entorno cada vez más regulado y competitivo.